Comunicado sobre la alternatividad

Alternatividad, Mutualidad de Previsión social, SPP, hna-Premaat

Junio, 2026
Tras la aprobación del Dictamen de la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y tal y como se anticipaba en la anterior actualización, el pasado 11 de junio el Pleno del Congreso de los Diputados ha debatido y aprobado la proposición de Ley de modificación de la Ley General de la Seguridad Social, incorporando determinadas modificaciones sobre el texto previamente publicado.

Este avance es resultado de la actividad desarrollada por hna en los últimos meses, en ejecución del mandato de la Asamblea, orientada a trasladar a los distintos responsables públicos las características del sistema alternativo y a contribuir, junto con el conjunto del sector, a la configuración de un marco normativo que tenga en cuenta la situación específica de los mutualistas.

El texto aprobado en el Pleno mantiene los elementos esenciales ya recogidos en el Dictamen. En particular, se confirma la continuidad del carácter alternativo de las mutualidades de previsión social, así como el posible reconocimiento del derecho de los mutualistas alternativos a acceder al complemento a mínimos. Igualmente, se preserva la configuración de la denominada “pasarela al RETA” como un mecanismo voluntario y de carácter irreversible, junto con la previsión de una equiparación progresiva de las cuotas entre mutualidades y RETA, el detalle de las obligaciones de información en línea con las prácticas que ya realizan las mutualidades y la incorporación de medidas en materia de prestaciones sociales.

No obstante, el debate en el Pleno ha introducido algunos ajustes en la regulación de la “pasarela al RETA”. En particular, se han eliminado determinados requisitos inicialmente previstos para poder acceder a este mecanismo, se han incluido tanto a los pasivos como a los que tuvieran el periodo mínimo de cotización exigido en la Seguridad Social y se ha remitido al futuro desarrollo reglamentario la concreción de los criterios de conversión de los derechos económicos acumulados en las mutualidades en bases y periodos de cotización en la Seguridad Social.

Como ya se indicaba en la anterior comunicación, este aspecto resulta especialmente relevante, ya que será el desarrollo reglamentario el que determine en detalle la aplicación práctica del sistema y permita conocer con mayor precisión sus implicaciones en cada caso particular.

Tras su aprobación en el Congreso, la proposición de Ley continuará ahora su tramitación en el Senado, donde podrá ser objeto de nuevas modificaciones, hasta su eventual aprobación definitiva y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

hna continuará realizando el seguimiento de este proceso e informará puntualmente sobre cualquier novedad relevante y sobre sus implicaciones para los mutualistas.

 

Junio, 2026
Desde la última actualización informativa del mes de noviembre, hna, de acuerdo con el mandato de la Asamblea, ha seguido trabajando intensamente con todos los representantes políticos para trasladarles la importancia que tienen las mutualidades como vehículos de previsión y, especialmente, en su vertiente alternativa. Se ha tratado de acercarles la realidad de la Entidad y se ha colaborado con el resto de mutualidades para conseguir el desarrollo de un marco legislativo en relación con la llamada “pasarela al RETA” que respete los derechos económicos de todos los mutualistas.

Fruto de este trabajo, el pasado día 4 de junio se publicó en el BOCG el Dictamen de la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, como paso previo para la tramitación parlamentaria, de la proposición de Ley de modificación de la Ley General de la Seguridad Social. El texto recoge la continuidad del carácter alternativo de las mutualidades, permitiendo así mantener la labor que hna viene desarrollando desde su creación. También se reconoce el derecho de los mutualistas al complemento a mínimos. Asimismo, en ese dictamen se articula una ‘pasarela’ sujeta a ciertos requisitos y condiciones que deberán concretarse en fases posteriores y que será una decisión irreversible. El texto del Dictamen también incluye la equiparación progresiva de cuotas de mutualidades y RETA. Asimismo, en línea con las prácticas existentes, se concretan obligaciones de información que las mutualidades deberán suministrar y se introducen determinadas previsiones en materia de prestaciones sociales.

Conviene recordar que el dictamen, junto con las enmiendas que hayan solicitado los distintos grupos, deberá debatirse en el Pleno del Congreso, donde el texto sigue plenamente abierto y puede ser objeto de nuevas modificaciones. Posteriormente, continuará su tramitación en el Senado, donde también podrán introducirse cambios, hasta su eventual aprobación definitiva y publicación en el Boletín Oficial del Estado. Además, será necesario un desarrollo reglamentario posterior que permita concretar el funcionamiento del sistema.

 

Noviembre, 2025
En hna seguimos trabajando de forma activa para que se den los pasos necesarios hacia una regulación de la pasarela al RETA, asegurando el mantenimiento de la alternatividad. Gracias a este esfuerzo, el proceso legislativo ha avanzado de manera significativa en los últimos meses:

  • 26 de noviembre de 2024: La Mesa del Congreso admite a trámite la proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista para modificar el Real Decreto Legislativo 8/2015 en relación con las mutualidades alternativas.
  • 6 de mayo de 2025: El Pleno del Congreso toma en consideración la propuesta.
  • 16 de mayo de 2025: Se abre el plazo para la presentación de enmiendas, que tras varias prórrogas concluye el 24 de septiembre de 2025, con la presentación de enmiendas parciales por parte de todos los partidos políticos, en las que se pudo constatar que la mayoría del Congreso defiende el modelo de la alternatividad realizado por las mutualidades.
  • 18 de noviembre de 2025: Se constituye la Ponencia en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para elaborar el informe que permitirá continuar la tramitación.

Este avance es fruto del diálogo constante y del compromiso de hna con la defensa de los intereses de sus mutualistas, considerando tanto a quienes quieran acogerse a la nueva normativa como a quienes prefieran seguir en hna. Aún queda mucho trabajo por hacer para que la norma se apruebe y se implemente correctamente, garantizando que responda a las necesidades de todos nuestros mutualistas y preserve la alternatividad. Seguiremos trabajando para que esta iniciativa se materialice y defender así la postura emanada de nuestra Asamblea.

 

Mayo 2025
El martes 6 de mayo, el Pleno del Congreso de los Diputados acogió el debate sobre la toma en consideración de la Proposición de ley del Grupo Parlamentario Socialista, de modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas reguladas en sus disposiciones adicionales 18ª y 19ª, es decir, la Proposición de ley que pretende regular la denominada 'Pasarela al RETA' y el futuro modelo de la alternatividad.

Una vez tomada en consideración, se abre un periodo de enmiendas en el que hna seguirá trabajando activamente con todos los agentes que participan en su tramitación para defender la postura emanada por parte de la Asamblea sobre la 'Pasarela al RETA' y la defensa de la alternatividad.

 

Enero 2025
Desde hna nos gustaría trasladar a todos los mutualistas nuestro inmenso agradecimiento por la confianza demostrada durante todo el año y en especial en estos últimos meses.

Esta confianza ha tenido su reflejo en las cifras de cierre, que están siendo auditadas, pero que podemos anticipar que mejoran las conseguidas en el ejercicio precedente y también en las miles de cartas que recibimos en defensa del carácter alternativo de la mutualidad, que forma parte de la esencia de la entidad desde su constitución y es una referencia dentro del mundo de las mutualidades.

Valoramos, especialmente este año, esta confianza, porque se ha producido en un entorno en el que se están difundiendo determinadas informaciones erróneas, equivocadas o directamente falsas, y probablemente mal intencionadas con el ánimo de generar una corriente de opinión en contra de hna, que, tal y como se ha solicitado, procedemos a aclarar.

Por medio del presente comunicado deseamos explicitar algunas de las falsedades más significativas, muchas de ellas fruto de hacerse eco de otros colectivos adscritos a otras mutualidades con modelos diferentes al de hna.
ES FALSO que hna establezca diferencias de trato entre mujeres y hombres ni en las primas ni en las prestaciones de las personas aseguradas y, por tanto, que incumpla la normativa en vigor, ni que aplique tablas de mortalidad diferenciadas por sexos. hna siempre cumple la normativa en vigor.
ES FALSO que la pensión de hna sea en media inferior a 300 o 500 euros (dato que varía según la publicación).
ES FALSO que si se dejan de hacer aportaciones al SPP se detraiga cantidad alguna para coberturas de riesgo.
ES FALSO que la prestación de riesgo derivada de una incapacidad permanente se detraiga del fondo acumulado del SPP y reduzca la prestación de jubilación.
ES FALSO que los mutualistas no tengan prestación por incapacidad permanente total que les permita mantener su profesión habitual.
ES FALSO que hna se quede con la prestación de fallecimiento del SPP si el mutualista es soltero y sin hijos.
ES FALSO que los mutualistas que optaran en 1997 o con posterioridad por el RETA perdieran su fondo acumulado en hna.
ES FALSO que hna no cuente con un reaseguro para el SPP.
ES FALSO que hna haya manifestado que el simulador disponible en el área privada no sirva para nada. Se trata de una herramienta orientativa y totalmente válida, como cualquier simulador.
ES FALSO que la prestación de jubilación de hna sea incompatible con el ejercicio de la actividad profesional.

A pesar de la gravedad de todas las manifestaciones realizadas en contra de hna, y de las advertencias efectuadas por la mutualidad al respecto, no se ha producido ninguna retractación y se insiste en estas manifestaciones. Se debe recordar que, hna no dudará en defenderse, con la determinación que sea necesaria, de aquellas manifestaciones basadas en datos incorrectos, de origen incierto y, con más intensidad aún, de descalificaciones y afirmaciones o insinuaciones que afecten a su reputación y buen nombre, tanto del que las emite como del que las difunde o da soporte.

Ante esta situación, hna mantiene abiertos todos sus canales de comunicación e información para resolver cualquier duda de sus mutualistas al respecto de las manifestaciones realizadas por todos aquellos que, sin tener el conocimiento y cualificación necesarios, únicamente buscan generar incertidumbre y desconfianza hacia la mutualidad.

 

Diciembre 2024
En primer lugar, hna quiere agradecer a los miles de mutualistas que se han puesto en contacto con nosotros para que hna defienda el mantenimiento de la alternatividad como un derecho del colectivo, así como una pasarela justa que no perjudique a ningún mutualista, tanto al que opte por acogerse a ella cuando la legislación que en el futuro sea aprobada lo permita, como al que decida permanecer en hna. Siguiendo asimismo la propuesta que se ha recibido firmada por parte de estos mutualistas, hemos transmitido el interés en la defensa de esta posición a los consejos superiores de los colegios de arquitectos y de arquitectos técnicos.

En respuesta a esta confianza manifestada, hna anticipa unas cifras de 2024 que, pendientes del mes de diciembre, de nuevo, muestran una fuerte solidez financiera tanto en términos de solvencia como de crecimiento de primas, de excedentes y, en consecuencia, de participación en beneficios.

En todo caso, como interlocutor cualificado con los diferentes agentes sociales y gubernamentales, hna seguirá defendiendo los intereses de todos sus mutualistas en un proceso que no se prevé quede resuelto en el corto plazo, pero del que se continuará informando a los mutualistas de acuerdo con el mandato que la asamblea general de hna encomendó de forma unánime al consejo de administración el pasado abril.

Asimismo, hna desmiente determinadas afirmaciones, totalmente falsas, sobre el presunto trato discriminatorio por parte de hna en sus prestaciones en función del sexo de la persona tomadora de un seguro. hna no realiza ninguna práctica discriminatoria siendo, además, una actuación prohibida en derecho español. Hemos preferido no corregir otras numerosas manifestaciones inexactas o erróneas, que se están difundiendo, pero en este caso se trata de la imputación de un incumplimiento, por lo que nos vemos obligados a manifestar lo obvio, que es que hna cumple de forma estricta la normativa reguladora de su actividad.

Recordamos que sigue habilitado el formulario a disposición de aquel mutualista que desee manifestar su intención de inscripción en la citada 'Pasarela al RETA',  con el fin de que hna pueda trasladar su interés a las autoridades competentes, como entidad representativa del colectivo de mutualistas a estos efectos.

Animamos a seguir construyendo hna juntos y unidos. Estamos convencidos de que es la mejor manera de que nuestras voces se escuchen por quienes tienen la responsabilidad de legislar en beneficio de todos.

 

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