Causarán derecho a esta
prestación los beneficiarios designados, expresamente o en
su defecto los mismos que en el grupo obligatorio, si el
fallecimiento sucede antes de los 65 años.
Las cuotas mensuales
dependerán de la edad del mutualista y del capital suscrito.
Información basada en
los Estatutos Generales y Reglamentos, primando su vigencia
frente a lo aquí mencionado.