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Sanciones de la Inspección de Trabajo para profesionales que ejercen por cuenta propia

En los últimos meses se ha detectado un aumento de las sanciones impuestas por la Inspección de Trabajo a arquitectos técnicos que ejercen como liberales sin estar dados de alta ni en PREMAAT, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Las actuales circunstancias del mercado laboral, con un descenso importante del caudal de trabajo, han propiciado que muchos arquitectos técnicos desempeñen su actividad por cuenta propia, ya sea compaginándolo con su condición de asalariados o como ocupación única. Para ello, tal y como establece la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros, deben colegiarse en un colegio Profesional y darse de alta en el RETA o en PREMAAT, reconocido por la Ley como opción alternativa al régimen público.
Es muy importante señalar que el profesional que incumple la obligación de causar alta en uno u otro régimen de protección social queda, desde el inicio de su actividad, sometido al ámbito del RETA. Por tanto, si una inspección de trabajo detectara que no está inscrito ni en el régimen público ni en la mutualidad, le dará de alta en el RETA desde el comienzo de su actividad. Desde el momento en el que se descubra la infracción, el profesional deberá abonar, con carácter retroactivo y con los consiguientes intereses y recargos, todas las cuotas del Régimen de Autónomos y, con independencia de este pago, tendrá que hacer frente a importantes sanciones que pueden oscilar entre 300 y 3.000 euros, en función de la gravedad de la infracción.
PREMAAT es alternativa al RETA desde 1995, fecha en que pierde su carácter obligatorio para los profesionales colegiados. La mutualidad presenta una serie de ventajas frente al régimen público: sus tarifas son sustancialmente más económicas, es compatible con el cobro de otras pensiones y brinda la oportunidad de seguir trabajando una vez que se ha comenzado a percibir la pensión de jubilación.
Por todos estos motivos, es totalmente desaconsejable arriesgarse a una probable sanción de la Inspección de Trabajo y a quedar inscrito de forma obligatoria en el RETA, sin poder optar ya a más posibilidades. En el Colegio podrá recibir información sobre las ventajas que le ofrece PREMAAT sea cual sea el desempeño de su actividad laboral.
 

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Información basada en los Estatutos Generales y Reglamentos, primando su vigencia frente a lo aquí mencionado.


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