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Grupo Básico

Grupo 2000 Complementario 1º Complementario 2º

 Jubilación

  • Edad de jubilación: 68 años (jubilación anticipada a partir de los 65).

  • Es necesario solicitarla para comenzar a devengarse.

  • Cálculo de la cuantía según los 420 meses más favorables de cotización + Participación en Beneficios acumulada.

  • Formas de cobro:

    • De una sola vez en forma de capital.

    • Renta Vitalicia (14 pagas).

    • Mixta (40% en capital y 60% en renta vitalicia).

    • 60% en renta vitalicia y reversión al cónyuge del 40% (renta vitalicia) en caso de viudedad. Si el cónyuge falleciera antes que el mutualista jubilado, éste incrementaría la renta que venía percibiendo en un 67% desde que se comunicara el fallecimiento.

    • Renta financiera temporal constante (mínimo 10% en capital y el resto en pagos periódicos anuales con un límite de 5 años).

  • Puede solicitarse desde la situación de suspenso, incluso anticipadamente desde los 65 años.

  • No tendrán derecho a esta prestación quienes hayan devengado la prestación de invalidez.

Información basada en los Estatutos Generales y Reglamentos, primando su vigencia frente a lo aquí mencionado.


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