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Ayuda
al mutualista por hijos minusválidos
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Ayuda para constituir una renta vitalicia de 14 pagas/año
siempre y cuando el hijo no supere los 21 años en el momento de
contraer la minusvalía.
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La ayuda se iniciará a partir de un grado de minusvalía del 33%,
previsiblemente permanente, de carácter físico o psíquico,
congénita o no. Esta ayuda aumenta si la minusvalía supera el
65% ó el 75%.
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En caso de pertenecer al Grupo Complementario 1º, se añade un
incremento del 96% de la Cifra-Base que corresponda por el Grupo
Básico.
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