Inicio
GRUPO 2000
Jubilación
Accidente
Incapacidad temporal
Invalidez
Fallecimiento
Nupcialidad y natalidad
Orfandad, hijos y huérfanos minusválidos
Grupo Básico
Nupcialidad
Debe ser reconocido por el ordenamiento jurídico español.
Subsidio de único pago y cuya cuantía corresponderá a la establecida en la tabla de Cuotas y Cifras-Base en el momento del suceso.
Carencia de 1 año.
Natalidad
En caso de nacimiento o hijos adoptados menores de 5 años en el momento de inicio del proceso.
Información basada en los Estatutos Generales y Reglamentos, primando su vigencia frente a lo aquí mencionado.