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Grupo Básico

Grupo 2000 Complementario 1º Complementario 2º

 Jubilación y Viudedad

  • Edad de jubilación: 65 años.

  • Es necesario solicitarla para comenzar a devengarse.

  • Cuotas mensuales o anuales.

  • Formas de cobro:

    • Renta Vitalicia (14 pagas) + Participación en Beneficios.

    • Renta vitalicia con opción de renta vitalicia del 30% reversible al cónyuge en caso de fallecimiento del mutualista jubilado.

  • Cobro de la Participación en Beneficios: se les asignarán cuando se devenguen mediante una paga extraordinaria y en función del fondo acumulado en el momento de cada asignación.

  • Puede recuperarse el 90% de la provisión antes de los 60 años, llevando más de dos años, y deducidos los gastos correspondientes.

  • En caso de fallecimiento, antes de cumplir los 65 años y estando en plenitud de derechos, sus beneficiarios recibirán las cuotas de ahorro abonadas, deducidos los gastos correspondientes.

  • Puede solicitarse desde la situación de suspenso.
     

Información basada en los Estatutos Generales y Reglamentos, primando su vigencia frente a lo aquí mencionado.


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